FORMANDO EXPERTOS
CONDUCTORES PARA CHILE
PREGUNTAS FRECUENTES
CHILENOS
¿DESDE QUÉ EDAD SE PUEDE TOMAR EL CURSO CLASE B?
R: El curso clase B se puede realizar desde los 17 años, con autorización notarial de los padres o tutores, y desde los 18 años en adelante sin límite de edad. Las personas de 17 años, deben obligatoriamente realizar un curso en una Escuela de Conductores No Profesionales o clase B, reconocida y autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
¿UNA VEZ OBTENIDA LA LICENCIA DE CONDUCIR CLASE B,
A LOS 17 AÑOS PUEDO CONDUCIR SOLO?
R: No, mientras tengas 17 años tienes que conducir con un acompañante que posea la licencia de conducir clase B como mínimo 5 años, una vez cumplidos los 18 años estarás habilitado para hacerlo solo.
¿TENGO QUE TENER CUARTO MEDIO PARA TOMAR EL CURSO CLASE B?
R: No, solo octavo básico aprobado, en sistema educacional normal o para fines laborales,
el documento debe ser original o legalizado ante notario para realizar el trámite de inscripción en el departamento de tránsito respectivo.
¿TENGO QUE TENER CUARTO MEDIO PARA TOMAR EL CURSO PROFESIONAL?
R: No, solo octavo básico aprobado, en sistema educacional normal o para fines laborales, si no, presentas el documento en el departamento de tránsito al momento de inscribirse para obtener la licencia clase B.
¿PUEDO TOMAR EL CURSO CLASE D PARA MAQUINARIA PESADA, SIN TENER CLASE B?
R: Si, para optar a la licencia Clase D, no es obligatorio tener la clase B,
las puede obtener juntas o por separado.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE TENER UN POSTULANTE PARA OBTENER LICENCIA CLASE D?
R: Debe ser mayor de edad, saber leer y escribir.
¿PUEDO OBTENER LA LICENCIA PROFESIONAL (A2, A3, A4, O A5), SIN TENER CLASE B?
R: No, debes tener mínimo dos años cumplidos con la licencia clase B para poder optar
a licencias profesionales A2 y A4, y así mismo, esperar dos años con licencias A2 y A4
para optar a licencias profesionales A3 y A5. En todos los casos anteriores debes realizar un curso profesional en una Escuela de Conductores Profesionales reconocida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la Región.
¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDO CONDUCIR CON LA LICENCIA A2?
R: Puedes conducir vehículos de 10 a 17 pasajeros (excluyendo al conductor), taxis, colectivos y ambulancias (no puedes conducir furgones escolares).
¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDO CONDUCIR CON LA LICENCIA A3?
R: Puedes conducir furgones escolares y vehículos sin restricción de pasajeros, como sprinter, micros, ctaxi buses y buses.
¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDO CONDUCIR CON LA LICENCIA A4?
R: Puedes conducir vehículos para el transporte de cargas simples superiores a 3.500 Kg.
(peso bruto vehicular), excepto articulados.
¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDO CONDUCIR CON LA LICENCIA A5?
R: Puedes conducir todo tipo de vehículos para el transporte de cargas superiores a 3.500 Kg.y articulados.
¿QUÉ LICENCIAS PUEDO OBTENER SI TENGO A1 Y A2 LEY 18.290 (LICENCIA ANTIGUA)?
R: Si tienes licencia A1 (ley Nº 18.290), puedes obtener la licencia A3 (ley Nº 19.495), y si tienes licencia A2 (ley Nº 18.290), puedes obtener la licencia A5 (Ley Nº 19.495), Así te profesionalizarás homologando tus licencias.
¿SI POSEO ALGUNA LICENCIA PROFESIONAL, PUEDO CONDUCIR UN VEHÍCULO PARTICULAR?
R: Sí, independiente de la licencia profesional que tengas, estás habilitado para conducir un vehículo particular, aunque no aparezca en tu licencia.
EXTRANJEROS
EXTRANJEROS
¿PUEDE UN EXTRANJERO CONVALIDARSU LICENCIA EN CHILE?
R: En Chile no existe la convalidación de licencias con ningún país, hay excepciones con 2 países; España y Corea. Existen convenios de canje con Bolivia, teniendo una antigüedad de dos años.
En este último caso, cualquier categoría será canjeada por la licencia clase B.
¿PUEDE UN EXTRANJERO TOMAR
EL CURSO CLASE B?
R: Si, puede realizar un curso clase B en la escuela de conductores, pero debe tener su cédula de identidad chilena vigente.
¿QUÉ NECESITA UN EXTRANJERO PARA OBTENER SU LICENCIA POR PRIMERA VEZ EN CHILE?
R: Cédula de identidad chilena como mínimo
con 6 meses de vigencia. Certificado de estudios de su país con fotocopia legalizada ante notario y visada por el Cónsul de su país en Chile.
Certificado de residencia notarial (declaración jurada que acredite domicilio).
¿PUEDE UN EXTRANJERO TOMAR EL CURSO PARA OPTAR A LAS LICENCIAS PROFESIONALES A2 Y A4?
R: Para los extranjeros que quieran obtener una licencia profesional, se considera la antigüedad de su licencia extranjera como equivalente a una licencia clase B chilena por 2 años, es decir, puede optar directamente a las clases para licencias A2 y A4; acreditando su antigüedad (con certificado) y haciendo los cursos respectivos sin tener que empezar desde el principio. Además debe cumplir con todos los requisitos de la ley de tránsito vigente.
¿PUEDE UN EXTRANJERO TOMAR EL CURSO PARA OPTAR A LAS LICENCIAS PROFESIONALES A3 Y A5?
R: Si, pero solo después de un período 2 años con las licencias A2 y A4, aunque tengan la máxima categoría en su país.